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Dirección General de Atención Inmediata y Primer Contacto

La Dirección General de Atención Inmediata y Primer Contacto, además de las genéricas, tiene las atribuciones de realizar la primera entrevista a la víctima cuando acuda directamente a las instalaciones de la Comisión; recabar la información exigida en el Formato Único de Declaración, si éste no ha sido llenado con anterioridad; solicitar información complementaria a las instituciones del Sistema Estatal sobre las características del hecho victimizante a efecto de integrar de manera completa la información que se incorporará al registro; entre otras. (Artículo 16 del Reglamento Interior de la Comisión de Víctimas)

Primer Contacto

Apoyo para el pago de gastos funerarios

Apoyos alimentarios (víctimas de desaparición, homicidio, feminicidio)

Traslados para acudir a diligencias

Apoyos alimentarios para acudir a diligencias

Alojamiento temporal

Atención psicológica y médica

Apoyo para el pago de gastos funerarios

Se refiere al pago de los gastos funerarios cuando las víctimas mueren como consecuencia de un delito. El monto máximo para dicho apoyo será el establecido en las Reglas de Operación.

Requisitos:

Ser víctima del estado de Guanajuato, es decir, que la muerte haya sido consecuencia de la comisión de un delito.
Documentos:

a) Acta y/o certificado de defunción.

b) Solicitud debidamente llenada y copia de la INE de la persona que solicita el apoyo.

c) Factura del servicio funerario.

d) Estado de cuenta reciente de la persona a la que se le realizará el pago.

Posteriormente les serán solicitados:

e) FUD debidamente llenado, tanto de la víctima directa como de la persona que solicita el apoyo.

f) CURP de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

g) Acta de nacimiento de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

h) Copia de alguna identificación de la persona fallecida, si se cuenta con ella.

i) Copia del acta de matrimonio o del acta de concubinato, cuando corresponda.

Apoyos alimentarios (víctimas de desaparición, homicidio, feminicidio)

Se refiere a las medidas que le son proporcionadas a las víctimas indirectas de los delitos de homicidio, desaparición y feminicidio, con la finalidad de que puedan adquirir los alimentos de la canasta básica que requieran para satisfacer su derecho a la alimentación.

Dichas medidas serán temporales dependiendo del tipo de delito y de las circunstancias del caso en particular.

Requisitos:

Ser víctima del estado de Guanajuato, es decir, que la carpeta de investigación se encuentre en la Fiscalía del Estado de Guanajuato.

Documentos:

a) Calidad de víctima emitida por la Fiscalía del Estado de Guanajuato.

b) Solicitud debidamente llenada.

c) Copia de la INE de la persona que solicita el apoyo.

d) Estado de cuenta reciente de su cuenta bancaria.

e) FUD debidamente llenado, tanto de la víctima directa como de la persona que solicita el apoyo.

f) Copia de la INE de la víctima directa y de la persona que solicita el apoyo.

g) CURP de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

h) Acta de nacimiento de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

i) Copia de alguna identificación de la persona fallecida, si se cuenta con ella.

j) Copia del acta de matrimonio o del acta de concubinato, cuando corresponda.

k) Si ya ha recibido apoyos previamente, haber presentado su comprobación.

Traslados para acudir a diligencias (búsquedas en campo, búsquedas en vida, ante autoridad ministerial, demás relacionadas con el hecho victimizante)

Se refiere al pago del transporte que las víctimas indirectas requieren para acudir a buscar a sus familiares en sitios de inhumación clandestina (fosas) o en SEMEFOS, así como cuando requieren acudir a diligencias ante la autoridad para revisar los avances de la carpeta de investigación.

El monto máximo para dicho apoyo será el establecido en las Reglas de Operación.

Requisitos:

Ser víctima del estado de Guanajuato, es decir, que la carpeta de investigación se encuentre en la Fiscalía del Estado de Guanajuato.

Documentos:

1. Solicitud debidamente llenada.

2. Oficio de autoridad en el que señala el día, hora, tipo de diligencia que se realizará, personas que acudirán, así como el objetivo.

3. Factura de los boletos de autobús.

4. FUD debidamente llenado, tanto de la víctima directa como de la persona que solicita el apoyo.

5. Copia de la INE de la víctima directa y de la persona que solicita el apoyo.

6. CURP de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

7. Acta de nacimiento de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

8. Copia de alguna identificación de la persona fallecida, si se cuenta con ella.

9. Copia del acta de matrimonio o del acta de concubinato, cuando corresponda.

10. Si ya ha recibido apoyos previamente, haber presentado su comprobación.

Apoyos alimentarios para acudir a diligencias (búsqueda en campo, búsqueda en vida, ante la autoridad ministerial, demás relacionadas con el hecho victimizante)

Se refiere al pago de los alimentos que las víctimas indirectas requieren para acudir a buscar a sus familiares en sitios de inhumación clandestina (fosas) o en SEMEFOS, así como cuando requieren acudir a diligencias ante la autoridad para revisar los avances de la carpeta de investigación.

El monto máximo para dicho apoyo será el establecido en las Reglas de Operación.

Requisitos:

Ser víctima del estado de Guanajuato, es decir, que la carpeta de investigación se encuentre en la Fiscalía del Estado de Guanajuato.

Documentos:

1. Solicitud debidamente llenada.

2. Oficio de autoridad en el que señala el día, hora, tipo de diligencia que se realizará, personas que acudirán, así como el objetivo.

3. Factura de los boletos de autobús.

4. FUD debidamente llenado, tanto de la víctima directa como de la persona que solicita el apoyo.

5. Copia de la INE de la víctima directa y de la persona que solicita el apoyo.

6. CURP de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

7. Acta de nacimiento de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

8. Copia de alguna identificación de la persona fallecida, si se cuenta con ella.

9. Copia del acta de matrimonio o del acta de concubinato, cuando corresponda.

10. Si ya ha recibido apoyos previamente, haber presentado su comprobación.

Alojamiento temporal

Se refiere a aquellos casos en los que la víctima directa o indirecta requiere de un espacio para pernoctar, ya que acude a alguna diligencia o porque ha tenido que abandonar su vivienda por inseguridad.

El monto máximo para dicho apoyo será el establecido en las Reglas de Operación.

Requisitos:

Ser víctima del estado de Guanajuato, es decir, que la carpeta de investigación se encuentre en la Fiscalía del Estado de Guanajuato.

Documentos:

1. Solicitud debidamente llenada.

2. Oficio de autoridad en el que señala el día, hora, tipo de diligencia que se realizará, personas que acudirán, así como el objetivo.

3. Factura expedida por el hotel.

4. FUD debidamente llenado, tanto de la víctima directa como de la persona que solicita el apoyo.

5. Copia de la INE de la víctima directa y de la persona que solicita el apoyo.

6. CURP de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

7. Acta de nacimiento de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

8. Copia de alguna identificación de la persona fallecida, si se cuenta con ella.

9. Copia del acta de matrimonio o del acta de concubinato, cuando corresponda.

10. Si ya ha recibido apoyos previamente, haber presentado su comprobación.

Atención psicológica y médica en coordinación con otras instituciones públicas del Estado.

Se refiere a la atención médica y psicológica que solicitan las víctimas directas e indirectas.

Requisitos:

Ser víctima del estado de Guanajuato, es decir, que la carpeta de investigación se encuentre en la Fiscalía del Estado de Guanajuato.

Documentos:

1. Solicitud debidamente llenada.

2. Calidad de víctima.

3. FUD debidamente llenado, tanto de la víctima directa como de la indirecta.

4. Diagnóstico médico, recetas, estudios clínicos y demás documentación médica del caso con la que cuenten.

5. CURP de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

6. Acta de nacimiento de la persona fallecida y de la persona que solicita el apoyo.

7. Copia de alguna identificación de la persona fallecida, si se cuenta con ella.

8. Copia del acta de matrimonio o del acta de concubinato, cuando corresponda.

En este punto es importante tomar en consideración lo siguiente:

-La atención médica y/o psicológica que se requiera deberá ser consecuencia del hecho victimizante. -La atención médica y/o psicológica se solicitará en primer lugar a las instituciones públicas del Estado, solo en caso de que éstas no puedan brindar el servicio se podrá proporcionar una atención con instituciones diferentes.

Dirección General de Unidad de Asesoría Jurídica

Además de las genéricas, la Dirección General de Unidad de Asesoría Jurídica tiene las siguientes atribuciones: orientar, asesorar, representar y brindar acompañamiento a las víctimas ante las autoridades ministeriales, jurisdiccionales y no jurisdiccionales, a efecto de dar seguimiento oportuno a los distintos procesos en los que se esté interviniendo, con la finalidad de salvaguardar los derechos de las personas en situación de víctima, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato.

Servicios:

1. Orientación jurídica.
A cualquier persona que lo solicite, sea víctima o no.

2. Asesoría jurídica.
A personas en situación de victima por delito o violación a derechos humanos.

3. Representación jurídica. Personas víctimas directas o indirectas del delito o de violaciones a derechos humanos dentro de cualquier etapa del proceso penal.

4. Acompañamiento jurídico. A efecto de que la persona en situación de víctima le sean respetados sus derechos establecidos en la Ley.

Asimismo, la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato faculta a la Dirección General de Unidad de Asesoría Jurídica para conocer cualquier asunto que derive del hecho delictivo, no solo penal sino Administrativo, Familiar, Civil, Mercantil, etc.